Preguntas frecuentes

-----|ESPACIADOR - NO BORRAR|-----

En esta web tienes información de dónde es bienvenido. Si necesitas más detalle puedes contactar directamente con los establecimientos o municipios.

En la mayoría de las oficinas de turismo los perros son bienvenidos. Ten en cuenta que excepto una minoría solo abren en temporada alta.
Por ahora podréis visitar juntos el Museo Etnográfico Monte Caxado. Recomiendan contactar antes por si tienen prevista alguna presentación.

El pasaporte, con información de las vacunas y desparasitaciones.

No, por ahora no es obligatoria.

Solo es obligatoria la desparasitación interna.
El seguro de responsabilidad civil, en este momento y aquí en Galicia, solo es obligatorio para determinadas razas, si bien es siempre recomendable tenerlo, de hecho algún establecimiento te lo puede solicitar. Ten en cuenta que como titular eres responsable legal ante cualquier daño o afección que pueda causar a otros animales, personas o cosas. ¡Revisa las coberturas de tu póliza de hogar! es muy posible que ya tengas la RC de tu compañero canino incluida.
Cada vez son más los lugares donde nos pueden acompañar, pero ¡no a todos! Es importante preguntar siempre.
Sí, en Ferrolterra tenemos playas caninas a las que pueden ir todo el año . Más info aquí.
No. Tenemos playas en las que pueden disfrutar en verano fuera de horario de uso. Encontrarás más info aquí.
Sí, a la mayoría de las playas.
Para ayudar a la conservación de hábitats catalogados por Patrimonio Natural como espacios de especial protección.

El acceso de un animal de compañía está condicionado al criterio del titular del establecimiento, ya sea público o privado.

Si hablamos de perros de asistencia ya es distinto. La legislación en Galicia garantiza a toda persona que haya de ser acompañada de un perro de asistencia su derecho a acceder, deambular y permanecer con él en cualquier lugar, establecimiento o transporte de uso público, con independencia de su titularidad pública o privada. 

Los derechos «extraordinarios» de los perros de asistencia han de respetarse cuando están asistiendo a su usuario. Si viajas en compañía de un perro de asistencia ¡recuerda llevar siempre con vosotros la documentación!

La legislación deja a criterio de los propietarios de los establecimientos dar la bienvenida a las personas en compañía de sus canes. Siempre es mejor preguntar, indicando si vas con un solo perro o más, su tamaño y si pertenece a una raza considerada potencialmente peligrosa.

Algunos establecimientos, por motivos de seguridad, tienen un cupo máximo de admisión de perros, tanto para garantizar su propio bienestar como el de otros clientes. 

Este contacto directo ayuda a elegir las actividades o establecimientos más adecuados a nuestros gustos y necesidades.

El acceso y las condiciones de acceso las define el titular del establecimiento y, si lo considera, puede cobrar un suplemento siempre y cuando se trate de un perro de compañía. Los perros de asistencia están exentos de cualquier tipo de suplemento.
En Ferrolterra tenemos un gran patrimonio natural. Pedir que los canes vayan con correa tiene como fin favorecer el cuidado de especies y hábitat catalogados como de especial protección. Es importante el cumplimiento de todas las indicaciones para evitar que puedan llegar a prohibir su acceso.
Según la legislación autonómica, se consideran perros potencialmente peligrosos, además de los pertenecientes a determinadas razas, los que por sus características raciales pudiesen ser aptos para el adiestramiento para la guarda y defensa y los que tuvieron algún episodio de agresiones a personas o ataques de cierta entidad a animales o cosas, o aquellos que manifiesten un carácter marcadamente agresivo.
La legislación autonómica cataloga como perros potencialmente peligrosos los pertenecientes a las siguientes razas: american stafforshire terrier, pit bull terrier, bullmastif, dobermann, dogo argentino, dogo de Burdeos, dogo del Tíbet, fila brasileño, mastín napolitano, presa canario, presa mallorquín (ca de bou), rottweiler, bull terrier, staffordshire bull terrier, tosa inu y akita inu.
Porque, por ejemplo, puede variar la normativa municipal y, con ello, las condiciones de acceso.
Y, sin duda, es la forma forma de disfrutar de una experiencia positiva y evitar sorpresas desagradables.
Porque, independientemente de la importante labor que realizan las Asociaciones para la protección y defensa de los animales de compañía, los Refugios son los únicos centros autorizados por la Xunta de Galicia para la recogida de animales y gestión de adopciones legales.
Los Refugios están inscritos en el REGANUZ – Rexistro Galego de Núcleos Zoolóxicos – y tienen un número  de registro público y único que los identifica.
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En esta web tienes información de dónde es bienvenido. Si necesitas más detalle puedes contactar directamente con los establecimientos o municipios.

En la mayoría de las oficinas de turismo los perros son bienvenidos. Ten en cuenta que excepto una minoría solo abren en temporada alta.
Por ahora podréis visitar juntos el Museo Etnográfico Monte Caxado. Recomiendan contactar antes por si tienen prevista alguna presentación.

El pasaporte, con información de las vacunas y desparasitaciones.

No, por ahora no es obligatoria.

Solo es obligatoria la desparasitación interna.
El seguro de responsabilidad civil, en este momento y aquí en Galicia, solo es obligatorio para determinadas razas, si bien es siempre recomendable tenerlo, de hecho algún establecimiento te lo puede solicitar. Ten en cuenta que como titular eres responsable legal ante cualquier daño o afección que pueda causar a otros animales, personas o cosas. ¡Revisa las coberturas de tu póliza de hogar! es muy posible que ya tengas la RC de tu compañero canino incluida.
Cada vez son más los lugares donde nos pueden acompañar, pero ¡no a todos! Es importante preguntar siempre.
Sí, en Ferrolterra tenemos playas caninas a las que pueden ir todo el año . Más info aquí.
No. Tenemos playas en las que pueden disfrutar en verano fuera de horario de uso. Encontrarás más info aquí.
Sí, a la mayoría de las playas.
Debido a la protección del chorlitejo patinegro, comunmente conocido como píllara de las dunas, un ave que se encuentra catalogada por Patrimonio Natural como especie vulnerable.

El acceso de un animal de compañía está condicionado al criterio del titular del establecimiento, ya sea público o privado.

Si hablamos de perros de asistencia ya es distinto. La legislación en Galicia garantiza a toda persona que haya de ser acompañada de un perro de asistencia su derecho a acceder, deambular y permanecer con él en cualquier lugar, establecimiento o transporte de uso público, con independencia de su titularidad pública o privada. 

Los derechos «extraordinarios» de los perros de asistencia han de respetarse cuando están asistiendo a su usuario. Si viajas en compañía de un perro de asistencia ¡recuerda llevar siempre con vosotros la documentación!

La legislación deja a criterio de los propietarios de los establecimientos dar la bienvenida a las personas en compañía de sus canes. Siempre es mejor preguntar, indicando si vas con un solo perro o más, su tamaño y si pertenece a una raza considerada potencialmente peligrosa.

Algunos establecimientos, por motivos de seguridad, tienen un cupo máximo de admisión de perros, tanto para garantizar su propio bienestar como el de otros clientes. 

Este contacto directo ayuda a elegir las actividades o establecimientos más adecuados a nuestros gustos y necesidades.

El acceso y las condiciones de acceso las define el titular del establecimiento y, si lo considera, puede cobrar un suplemento siempre y cuando se trate de un perro de compañía. Los perros de asistencia están exentos de cualquier tipo de suplemento.
En Ferrolterra tenemos un gran patrimonio natural. Pedir que los canes vayan con correa tiene como fin favorecer el cuidado de especies y hábitat catalogados como de especial protección. Es importante el cumplimiento de todas las indicaciones para evitar que puedan llegar a prohibir su acceso.
Según la legislación autonómica, se consideran perros potencialmente peligrosos, además de los pertenecientes a determinadas razas, los que por sus características raciales pudiesen ser aptos para el adiestramiento para la guarda y defensa y los que tuvieron algún episodio de agresiones a personas o ataques de cierta entidad a animales o cosas, o aquellos que manifiesten un carácter marcadamente agresivo.
La legislación autonómica cataloga como perros potencialmente peligrosos los pertenecientes a las siguientes razas: american stafforshire terrier, pit bull terrier, bullmastif, dobermann, dogo argentino, dogo de Burdeos, dogo del Tíbet, fila brasileño, mastín napolitano, presa canario, presa mallorquín (ca de bou), rottweiler, bull terrier, staffordshire bull terrier, tosa inu y akita inu.